El título de este artículo hace referencia a la relación ideal que debería existir entre el Herrador y el Veterinario, pero que sólo en contadas ocasiones se hace presente.
Esa relación será analizada desde el plano netamente laboral en lo que hace a roles, responsabilidades y lo económico, en razón de las frecuentes disidencias o desencuentros que afloran en el trabajo cotidiano y que, lejos de jerarquizar al binomio Herrador / Veterinario, lo deterioran a partir de las incómodas situaciones que se generan.
Dicha relación "simbiótica" no siempre está presente en la realidad del trabajo diario, y se debe al desconocimiento de un simple concepto basado en la responsabilidad mutua. A continuación, expongo el desarrollo de dicho concepto.
En la actualidad, tanto el Herrador como el Médico Veterinario, consolidan el crecimiento profesional ampliando sus conocimientos de forma permanente, donde uno de los objetivos es poder ingresar y permanecer en un mercado cada vez más competitivo, y esto se debe a que existen conocimientos teóricos a los que cualesquiera de las partes puede acceder, con fines de optimizar su desempeño o ejercicio profesional.
Ambas partes cuentan con el derecho de ampliar sus conocimientos, pero tanto una como la otra no deben permanecer ajenas a la limitante del ejercicio práctico, y a la aceptación de las responsabilidades y roles correspondientes a su profesión. De esto último se infiere lo siguiente:Cada una de las partes debe conocer y respetar el “territorio” de la otra.
Debido a que cada oficio tiene como objetivo final velar por el bienestar del animal, el crecimiento profesional de las partes, a través de la información, es permisible y positivo; además de cumplir un rol muy importante en la interacción entre ambos y en la profesión de cada uno.
Si el Herrador desea practicar los conocimientos teóricos sobre medicina veterinaria y sus amplias ramas, previamente, deberá cumplir con los correspondientes estudios y obligaciones que ello representa. A la inversa, si el Médico Veterinario desea llevar a la práctica los conocimientos teóricos sobre el recorte de cascos, el forjado y la colocación de herraduras, deberá aprender lo concerniente al oficio de Herrador.
Podría decirse, entonces, que: El límite de la adquisición de los conocimientos de cada oficio se encuentra donde comienza la aplicación práctica de los mismos.
Cabe destacar la existencia de personas que ejercen ambas profesiones de forma paralela. Y esa es la fehaciente prueba de que estamos ante la presencia de dos profesiones totalmente diferentes, pero perfectamente compatibles. Claro está, que es imposible que una misma persona discrepe consigo misma en el momento de requerir el ejercicio de dos profesiones simultáneas, simplemente las complementa. Con este ejemplo, puede deducirse cuán considerables pueden ser los beneficios cuando Herrador y Veterinario llegan a conformar un sólido equipo de trabajo.
No obstante, en la mayoría de los casos, las dos profesiones se ejercen por separado.
Como características individuales de cada una de las partes, el Médico Veterinario cuenta con el aval de haber cumplido con un determinado ciclo de aprendizaje, con fines de acceder a un título. Estar titulado le permite recibir respaldo institucional, pero a su vez, le obliga a responder ante un código de ética establecido por un consejo profesional.
Sin embargo, como en todos los oficios, dicho aval, no garantiza un ejercicio que cumpla con los elevados estándares de la profesión en cuanto a idoneidad.
Por otro lado, el Herrador, sobre todo en los países subdesarrollados, donde no cuenta con asociaciones legales que lo respalden, accede a una formación empírica y a un crecimiento basado en información que rescata de diferentes escuelas, seminarios y bibliografía. En esta búsqueda de conocimientos, juegan un rol importante los medios de los cuales éste dispone en el momento y su capacidad para esforzarse en la adquisición de los mismos.
Son muy pocos los Herradores que logran certificarse mediante un aval otorgado por una entidad legal. Por lo tanto, la falta de obligaciones éticas y de respaldo institucional, le permiten actuar con mayor libertad, cometiendo, en gran cantidad de ocasiones, actos de irresponsabilidad o negligencia que llevan al perjuicio y sufrimiento del animal, como así también del propietario. Ante esta circunstancia, no existe ningún ente que cuente con el derecho legal de sancionarlo.
Pero esta falta de titulación, en numerosos casos, no necesariamente es sinónimo de desconocimiento y falta de profesionalidad.
Claro está que, tanto el Veterinario como el Herrador, durante la práctica de sus oficios, se ven en la obligación de obtener resultados positivos ante sus clientes, de lo contrario, sus carreras profesionales se verían afectadas por el deterioro del prestigio y por la disminución de sus ingresos económicos. La combinación y manifestación de estos factores, inevitablemente, les dificultaría la permanencia en el mercado.
Considero que ambos profesionales cuentan con el derecho y obligación de informarse, no obstante, cada uno debe conocer y respetar los límites del ejercicio práctico, con el fin de no incurrir en actitudes deshonestas.
Las relaciones entre el Herrador y el Veterinario suelen deteriorarse cuando una de las partes aspira ejercer poder sobre la otra, en un intento de conceder mayor valor a sus propios conocimientos, o cuando una de ellas se rebela u opone resistencia a subordinarse ante la directiva de alguien con mayores conocimientos, sean estos teóricos o prácticos.
Empero, el verdadero deterioro ocurre cuando entra en juego un factor determinante, y es un simple concepto basado en la triangulación que se genera entre Cliente / Veterinario / Herrador.
Desde mi punto de vista, el desconocimiento de este concepto, representante del delgado hilo que divide a un oficio del otro, es la causa que provoca el deterioro de la valiosa "simbiosis" que debería existir.
Esta triangulación entre partes sólo consigue, con o sin intención, diluir responsabilidades.
Cuando uno de los profesionales recibe directivas por parte del otro, respecto de qué corresponde hacerse en un caso determinado, debe prevalecer el previo acuerdo de responsabilidades, sin involucrar al cliente; cosa que no siempre ocurre.
El cliente se ve involucrado porque recibe responsabilidades que deberían permanecer sólo entre los profesionales. Siendo dichas responsabilidades, de forma indirecta, asumidas por el cliente, ya que es quien debe pagar con dinero los servicios recibidos.
El accionar inadecuado de la triangulación entre las partes implicadas es el siguiente:
Un cliente contrata a un profesional; este profesional, a su vez, subcontrata a otro; y es el cliente quien paga el servicio del profesional subcontratado. Siendo aquí donde reside el error conceptual.
La situación más habitual es que el cliente contrate al Veterinario y éste, a su vez, subcontrate al Herrador, asignándole un trabajo específico; luego, es el cliente quien se ve obligado a pagar los servicios del Herrador.
Ante esta circunstancia, aunque sea su deseo, el cliente no debería pagar los servicios del Herrador; quien debe hacerse enteramente responsable del servicio y de los honorarios del Herrador es el Veterinario, contratado por el cliente. Por lo tanto, el cliente debe pagar con dinero sólo al Veterinario, responsable del trabajo terminado.
El Herrador subcontratado no debe cobrar dinero del cliente, sólo debe cobrar dinero del Veterinario que lo contrató.
Cuando ocurre esta triangulación, no existen verdaderos responsables en el momento de que surjan hipotéticos errores durante el servicio prestado por cada parte.
Escogiendo el caso habitual entre Veterinario como contratista y Herrador como subcontratado, ante esta triangulación, puede ocurrir lo siguiente:
- Que el Veterinario asigne un procedimiento desacertado al Herrador y que, luego, deba reasignarle otro diferente para salvar el error. Quien responde al desacierto es el cliente, porque debe pagar, dos veces, el servicio del Herrador, a quien, en realidad, nunca contrató.
- Que ante una asignación desacertada por parte del Veterinario, el Herrador deba asumir parte de la responsabilidad, debiendo realizar el trabajo nuevamente, sin ser responsable de ello. Bajo esta misma circunstancia, el Herrador cobra dos veces, lo cual es justo para éste, pero lo haría en detrimento de los intereses del cliente.
- Que el Herrador cometa un error que afecte al cliente. En este caso, se ve obligado a asumir la total responsabilidad, porque es quien cobra el servicio por parte de éste. No obstante, sólo debería de asumir una parte de ella, porque, en realidad, sólo fue subcontratado para realizar el trabajo. Lo justo es que parte de la responsabilidad prevalezca en el Veterinario.
Con el fin de evitar conflictos entre profesionales y procurar proteger al cliente, las opciones son las siguientes:
- Si un profesional subcontrata a otro profesional, con el fin de llevar a cabo un procedimiento específico, el primero debe asumir la entera responsabilidad inherente al caso. Debe cobrar al cliente y debe pagar lo que corresponde al subcontratado.
- Si un profesional no desea subcontratar a otro profesional, evitando asumir las responsabilidades pertinentes, debe delegar las responsabilidades al cliente, otorgándole las opciones que crea conveniente para que sea éste quien escoja al profesional adecuado.
Bajo estas dos opciones, se conserva la relación entre partes, prevaleciendo la "simbiosis profesional".
Siendo una cuestión conceptual, es muy sencillo para las partes acordar la situación, deslindando responsabilidades previo a cada trabajo en conjunto.
Mientras esto no se lleve a cabo, el posible conflicto de intereses siempre estará presente.
No hay una profesión más respetada que la otra, una no excluye a la otra, son dos oficios imprescindibles en beneficio del bienestar animal, llevados a cabo por profesionales que deben asumir las responsabilidades que les corresponde, sin excederse en cuanto a la confianza, el desconocimiento y los intereses del cliente.
Nota: En razón de la importancia de la temática que será expuesta, he requerido opiniones del Dr. Hugo Alberto Funtanillas, Medico Veterinario (Argentina) y Constantino Sánchez Martínez, Herrador (España).