En el marco de FIGAN 2025, hubo del orden de unas 55 reuniones técnicas y una de las más significativas fue la que se sustentó en el análisis exhaustivo de la problemática del transporte de animales vivos en la U.E. – 27, fundamentado en el trabajo titulado “Informe integral en el Estado Español sobre el impacto social, económico, ambiental y en el bienestar animal de la nueva propuesta de reglamento de bienestar animal durante el transporte”.
Se trata de un importantísimo informe técnico de 20 páginas en el que han colaborado ANTA, PROVACUNO, AVIANZA, ANPROGAPOR y COAG y que aconsejo encarecidamente leer.
En él se ponen de manifiesto, de manera muy razonada los “principales agujeros negros” que presenta la mencionada propuesta de reglamento.
Los mismos constituyen un ejemplo de lo que acontece cuando se emite, en el seno del entramado administrativo – político de la Unión Europea, una propuesta de reglamento (en esta oportunidad con una enorme trascendencia práctica presente y futura) carente de unas adecuadas y contratadas bases técnica y científica.
En esta breve nota, me permito traer a colación, con el permiso de los autores del mencionado informe, las principales conclusiones empezando por la existencia de importantes contradicciones.
Las mismas, como pone de manifiesto el mencionado informe, “podrían perjudicar al sector agroalimentario europeo y van en contra de los objetivos de la Unión Europea (U.E – 27) y de los beneficios de pertenecer a la Unión Europea”.
El problema surge, como ya se ha apuntado el principio de la presente nota, cuando las medidas planteadas carecen de unas evidencias, científica y técnica, sólidas que demuestren que con la propuesta mencionada se va a conseguir realmente mejorar o asegurar, el bienestar de los animales transportados (que es el objetico que se persigue, claro es).
Además, como se refleja en el mencionado informe, la propuesta da origen a una serie de impactos negativos empezando por el económico dado que, la aplicación de la propuesta implica un aumento de los costes; incremento de muy difícil asunción por parte, fundamentalmente, de las empresas de dimensiones medias y pequeñas.
Por otra parte, las restricciones climáticas que se pretenden imponer al transporte de animales vivos en el seno de la Unión Europea afectan de una forma negativa y muy significativa a los Estados del Sur de la Unión con lo que se generan desigualdades manifiestas entre los Estados de la U.E. y tiene lógicos efectos sobre la competitividad.
También cabe mencionar la pérdida estimada de empleos en el sector (se considera que se pueden llegar perder más de 20.000) con lo que el impacto laboral y, por ende, social, especialmente en las zonas rurales, podrían ser realmente muy importantes, afectando negativamente al tejido empresarial de estas zonas y a su población.
Un aspecto que no se puede ignorar es el de la posible afección a la salud laboral (física y mental) de los conductores y del personal laboral implicado, al obligar a operar, en el caso del transporte de animales vivos en el seno de la Unión, en horario nocturno.
Y, no por último, la considerada reducción de la densidad animal en el transporte dará lugar, inexorablemente, a un significativo aumento del número de viajes, incrementando, sin duda alguna, el consumo de combustibles fósiles y las emisiones de CO₂. Esta realidad entra plenamente en contradicción con los compromisos de sostenibilidad de la Agenda 2030.
Ante lo expuesto en esta breve nota, no debe extrañar que la “la nueva propuesta de reglamento de bienestar animal durante el transporte” haya dado lugar a un rechazo general en el ámbito del sector pecuario de la U.E. – 27.
Como dice aquel viejo refrán: “de aquellos polvos, estos lodos”.